El principio de subrogación real como fundamento de las principales exenciones urbanísticas
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7919Palabras clave:
exención, urbanismo, subrogación real, vivienda, protección oficial, compra, terrenos, equidistribución, planeamiento, autonomíasResumen
Por ser el Derecho Urbanístico una materia de carácter multidisciplinar, se hace imprescindible con harta frecuencia, para resolver los problemas que nos presenta la práctica cotidiana, la necesidad de poner en juego instituciones y normas pertenecientes a campos muy diversos. En el presente trabajo comenzaremos examinando una figura típica del Derecho Privado, como es la de la subrogación real, para poder aplicar determinadas exenciones tributarias, encuadradas claramente dentro de la esfera del derecho público, en el ámbito urbanístico.
La trascendencia de este estudio radica, no solo en el examen que se realiza de las más importantes exenciones que afectan a la materia urbanística, sino además –y muy especialmente– en el análisis que se aborda de una muy importante exención ignorada en la práctica, y que reviste en estos tiempos una gran actualidad por todos los problemas que afectan al sector de la vivienda.
Las exenciones fiscales constituyen uno de los medios más importantes que utilizan tanto el Estado como las Comunidades Autónomas para contribuir a solucionar los referidos problemas del sector inmobiliario. En el presente trabajo se examina con detenimiento, y con carácter novedoso, la exención relativa a la compra de terrenos para la construcción de viviendas de protección oficial. Las normas que introdujeron esta exención en nuestro ordenamiento tributario fueron, sin duda, redactadas pensando en supuestos de compras aisladas de terrenos con la finalidad apuntada, sin contemplar aquellas adquisiciones de bienes realizadas para someterlos a un proceso posterior de equidistribución. Ello explica, sin duda, que no se haya recurrido en la práctica a la solicitud y consiguiente aplicación de esta modalidad de exención.