Algunos comentarios sobre los efectos de la modificación de la base imponible del IVA en caso de concurso
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7961Palabras clave:
IVA, concurso, modificación de la base imponible, crédito concursal, crédito contra la masa, rectificación de deduccionesResumen
El presente artículo trata de ofrecer una visión descriptiva, con referencias a pronunciamientos judiciales de los diferentes argumentos en los que se están basando, por un lado, la Agencia Tributaria y, por otro, los Juzgados Mercantiles y Audiencias Provinciales, para defender posiciones antagónicas en el tratamiento en sede concursal de las consecuencias derivadas de la modificación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido. La consecuencia práctica de esta cuestión es indudable, dado que es absolutamente diferente el tratamiento que, en relación con el concurso, debe recibir el crédito a favor de la Hacienda Pública que deriva de dicha modificación si se le ha de considerar como un crédito concursal (que es la posición mayoritariamente defendida en sede judicial) o, en caso contrario, si se le ha de considerar como un crédito contra la masa (posición defendida desde la Agencia Tributaria), hasta el punto de afectar directamente a la posibilidad de recuperación de dichos créditos por parte de la Administración tributaria.