Funcionarios públicos y el régimen de mutualismo administrativo

Comentario a la STSJ de Castilla y León de 22 de noviembre de 2016

Autores/as

  • Julio Galán Cáceres Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa. Profesor del CEF (España)

Palabras clave:

funcionarios públicos, mutualismo administrativo, derecho a la salud, gastos de farmacia, derecho al reintegro

Resumen

Se condena a una Mutualidad Administrativa de Funcionarios al reintegro del gasto de farmacia durante 24 semanas del tratamiento con los medicamentos necesarios para un paciente con hepatitis C. Se entiende que dicho tratamiento debe ajustarse a esos plazos, según el criterio de las doctoras que trataban al enfermo y por las circunstancias concretas que concurrían, frente a las 12 semanas de tratamiento, que con carácter general se contempla en la estrategia terapéutica de priorización para el uso de antivirales de acción directa, para tratar la hepatitis crónica por virus C, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud. En ningún caso pueden prevalecer razones de ahorro económico para justificar la denegación de un tratamiento cuando ello puede incidir decisivamente en el derecho fundamental garantizado en el artículo 15 de la Constitución española.

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Publicado

10-03-2017

Cómo citar

Galán Cáceres, J. (2017). Funcionarios públicos y el régimen de mutualismo administrativo: Comentario a la STSJ de Castilla y León de 22 de noviembre de 2016. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (194), 117–122. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/10455

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Constitucional-administrativo

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