La protección del inversor en las operaciones de crowdlending

Autores/as

  • Marta Flores Segura Profesora de Derecho Mercantil. Universidad Autónoma de Madrid (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2017.10585

Palabras clave:

crowdfunding, crowdlending, economía colaborativa, protección de inversores, financiación participativa

Resumen

Este trabajo ha obtenido un Accésit Premio Estudios Financieros 2017 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El crowdlending constituye una novedosa forma de financiación que pertenece al fenómeno general del crowdfunding. El auge de esta modalidad de obtención de fondos en España resulta abrumador, como también lo es el riesgo al cual se someten los inversores que deciden canalizar sus ahorros a través de ella. La regulación del crowdlending en España ha procurado alcanzar el equilibrio entre el fomento de esta nueva forma de financiación y la garantía de una determinada protección para los inversores que optan por participar en ella. El presente trabajo tiene por objeto el análisis y juicio crítico de los mecanismos de protección del inversor que se prevén en la regulación del crowdlending en España; regulación que resulta relativamente reciente y necesitada, por lo tanto, de una mayor labor interpretativa que armonice su contenido y ponga de manifiesto sus deficiencias.

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Publicado

10-11-2017

Cómo citar

Flores Segura, M. (2017). La protección del inversor en las operaciones de crowdlending. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (202), 5–46. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2017.10585

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil