Uso de la lengua cooficial en el sector público sanitario
Comentario a la STSJ de Cataluña de 9 de diciembre de 2015
Palabras clave:
lenguas cooficiales, instrucciones lingüísticas sobre atención al público en la Administración autonómica catalana, naturaleza jurídica, legitimación activaResumen
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado varios preceptos del protocolo de uso del catalán para los funcionarios y empleados asimilables en el ámbito de la salud pública y, por extensión, del protocolo general. Así se ha estimado un recurso interpuesto por un médico de un hospital público de Tarragona, contra esta normativa que no era más que una derivada del modelo de protocolo de usos lingüísticos para la Generalitat de Cataluña y el sector público dependiente, elaborado por la Secretaría General de Política Lingüística. La sentencia anula diversos mandatos del protocolo al considerarse vulneradas las reglas de la cooficialidad lingüística y el derecho a la libertad de expresión. A destacar que entre las indicaciones anuladas están las que obligan a usar el catalán como lengua de comunicación oral entre el personal al servicio de la Generalitat y de su sector público en su ejercicio profesional –en las conversaciones presenciales, por teléfono, reuniones de trabajo o megafonía e incluso ante usuarios o personal externo– así como el deber de utilizar el catalán en todo momento con los ciudadanos pese a que estos lo hagan en castellano.