El principio acusatorio y la acusación de delitos homogéneos

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2013

Autores/as

  • Ángel Muñoz Marín Fiscal. Fiscalía General del Estado (España)

Palabras clave:

falsedad en documento privado, falsedad en documento mercantil, estafa, principio acusatorio, delitos homogéneos

Resumen

Para apreciar la homogeneidad entre dos delitos no se trata de comparar las descripciones típicas de ambos, sino de valorar si en función de las mismas y de los hechos imputados, el acusado ha tenido oportunidad adecuada de defenderse de la acusación. En el presente caso, dado que el de la falsedad en documento mercantil como el de la falsedad en documento privado se encuentran integrados en el mismo título, protegen el mismo bien jurídico y tienen una muy semejante estructura, con independencia del elemento tendencial que los separa, no podemos sino entender que existe entre ambos homogeneidad, por lo que ninguna vulneración del principio acusatorio se produjo. La incomparecencia al juicio oral, motivada por haber sido expulsado de España, no puede equivaler necesaria y automáticamente a la renuncia al ejercicio de la acción civil, renuncia que ha de ser expresa y terminante.

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Publicado

10-10-2014

Cómo citar

Muñoz Marín, Ángel. (2014). El principio acusatorio y la acusación de delitos homogéneos: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2013. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (165), 165–170. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11249

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Penal

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