Maltrato en el ámbito familiar (art. 153 CP)
Palabras clave:
maltrato familiar, sujetos, amantes, penalidadResumen
El pasado 4 de abril de 2008, Marco, casado con M.ª Luz desde hace 10 años y padre de dos hijos de 3 y 5 años de edad, se dirige al domicilio de su cuñado Luis (hermano de su mujer M.ª Luz), con el que había quedado para jugar un partido de tenis. Al llegar al mismo le abre la puerta su concuñada Berta (esposa de Luis) con la cual desde hacía al menos dos meses venía manteniendo una relación sentimental; produciéndose los encuentros íntimos en la mayoría de los casos en el referido domicilio, aprovechando los continuos viajes de Luis al extranjero. Tras llevar 10 minutos en el domicilio, se inició una discusión entre ambos en el transcurso de la cual, Marco propinó una bofetada a Berta, causándola lesiones que tan solo precisaron una primera asistencia facultativa. En el momento de la agresión se encontraba presente Arturo, de 14 años de edad, hijo de una vecina de Berta, que se había quedado a su cuidado al encontrarse convaleciente de una gripe, mientras su madre había salido a buscar al colegio a su otro hermano.
Una vez iniciado el Juicio Oral, Berta solicita al Tribunal acogerse a las prescripciones del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (dispensa de obligación de declarar), habiendo ya prestado declaración tanto en la Comisaría, como en el Juzgado que instruyó el procedimiento.