El delito de «hostigamiento» requiere continuidad en el tiempo y alterar los hábitos de la víctima
Comentario a la STS de 8 de mayo de 2017
Palabras clave:
delitos contra la libertad, delito de coacciones, delito de hostigamiento, el interés casacionalResumen
El delito de «hostigamiento» surge de la sistemática reiteración de diversas conductas, que a estos efectos serán valorables aunque ya hayan sido enjuiciadas individualmente o pudieran haber prescrito (si son actos por sí solos constitutivos de infracción penal). Se exige implícitamente una cierta perduración en el tiempo, es decir, la conducta para ser delito debe tener vocación de prolongarse el tiempo suficiente para provocar la alteración de la vida cotidiana de la víctima.