Emisión de una línea de avales de una entidad bancaria a un promotor de viviendas
Palabras clave:
aval de cantidades anticipadas, compraventa vivienda, entrega del avalResumen
Se plantea la posible responsabilidad de una entidad bancaria que conviene con una promotora la emisión de una línea de avales al amparo de lo establecido en la Ley 57/1968, por la no emisión concreta de un aval a favor de uno de los adquirentes que pruebe la entrega de dichas cantidades ante el incumplimiento de la promotora.