Cargos judiciales. Nombramientos discrecionales

Comentario a la STS de 26 de abril de 2013

Autores/as

  • Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma Magistrado (España)

Palabras clave:

poder judicial, nombramiento de cargos, actuación reglada, anulación de nombramiento

Resumen

El Tribunal Supremo avanza cada día más en poner coto a los nombramientos discrecionales efectuados por el Consejo General del Poder Judicial de determinados cargos judiciales, otorgando mayor preponderancia a criterios tales como la antigüedad y los méritos acreditados. La sentencia considera que el nombramiento de los magistrados de las salas civil y penal de los tribunales superiores de justicia es reglado, no discrecional, tras reconocer que ello puede implicar un cambio jurisprudencial, modificación que en todo caso respondería a las reformas del artículo 330 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por ello, una vez cumplidos los requisitos relativos al tiempo de servicio y al conocimiento del derecho foral, el nombramiento se debería producir por estricto orden de escalafón o antigüedad (voto particular).

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Publicado

10-09-2013

Cómo citar

Fernández-Corredor Sánchez-Diezma, J. (2013). Cargos judiciales. Nombramientos discrecionales: Comentario a la STS de 26 de abril de 2013. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (151-152), 145–150. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11773

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Constitucional-administrativo

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