Urbanismo. Contrato administrativo

Autores/as

  • Julio Galán Cáceres Profesor del CEF (España)

Resumen

Este supuesto fue planteado en el tercer ejercicio de la última oposición de Secretarios de Entrada de las Corporaciones Locales en la Comunidad de Madrid:

1. Don A. presenta escrito en el Ayuntamiento de B solicitando que se le otorgue concesión administrativa para el aprovechamiento privativo de terrenos de titularidad municipal, calificados por el planeamiento urbanístico como zona verde, sistema general e inscritos en el inventario de bienes municipales como bienes de dominio y uso público. En la solicitud se señala que se destinarán los terrenos a club privado de golf. También solicita que se le enajene el subsuelo de la zona verde para destinarlo a aparcamiento de vehículos, formalizándose la cesión mediante convenio urbanístico en que o bien se permute el subsuelo por otros terrenos propiedad de don A., o bien se le enajene el subsuelo mediante la obligación de urbanizar la zona verde.
2. A la vista de la primera de las solicitudes formuladas, el Ayuntamiento acuerda la conveniencia de destinar los terrenos a club de golf y otorgar la concesión del uso privativo mediante concurso público. En el pliego de cláusulas administrativas, rector del concurso, se establecen como criterios de adjudicación del mismo: el menor plazo de duración de la concesión, el mayor canon a abonar a la corporación, y el mayor número de plazas libres de acceso y gratuito para vecinos de la localidad. Fijándose la ponderación relativa de cada uno de estos criterios.
3. Don C., vecino de la localidad y concejal del Ayuntamiento, quien no acudió a la sesión en la que se acordó convocar el concurso, presenta escrito solicitando la anulación del acuerdo adoptado por estimar que el mismo contradice el ordenamiento jurídico.
4. La mesa de contratación, al calificar, previamente, la documentación presentada por los licitadores, acuerda:

A. No admitir la proposición presentada por uno de los licitadores, por tratarse de una sociedad anónima en constitución no inscrita en el Registro Mercantil. Ha de señalarse que la persona física que, en representación de la sociedad, firma esta proposición se hace personalmente responsable de la misma en los términos establecidos por el art. 15 LSA («Por los actos y contratos celebrados en nombre de la sociedad antes de su inscripción en el Registro Mercantil, responderán solidariamente quienes lo hubieran celebrado, a no ser que su eficacia hubiera quedado condicionada a la inscripción, y, en su caso, posterior asunción de los mismos por parte de la sociedad»).
B. No admitir la proposición formulada por otro licitador, sociedad anónima mercantil, porque su objeto social no guarda relación directa con la explotación de los campos de golf.

5. La mesa de contratación, en el acto público de apertura de las ofertas admitidas, da cuenta de las no admitidas y acuerda:

A. No admitir la propuesta de uno de los concursantes por tratarse de una oferta temeraria, al exceder en más de 10 unidades de la media de las restantes ofertas.
B. Elevar al órgano de contratación propuesta de adjudicación del concurso a favor de la proposición formulada por la sociedad D, por ser la misma la que, en conjunto, resulta la más ventajosa.

6. El Ayuntamiento acuerda declarar desierto el concurso.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

10-04-2001

Cómo citar

Galán Cáceres, J. (2001). Urbanismo. Contrato administrativo. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (03), 183–188. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/12463

Número

Sección

Casos prácticos de Derecho Administrativo

Artículos más leídos del mismo autor/a

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 > >>