La posibilidad de renuncia anticipada al retracto en los arrendamientos
Palabras clave:
arrendamiento de local de negocio, retracto arrendaticio, renuncia de derechosResumen
En los contratos de arrendamiento de local de negocio firmados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994, se contempla con frecuencia una cláusula de renuncia anticipada al derecho de tanteo y retracto, planteándose con posterioridad ante los tribunales su validez, aplicando extensivamente la doctrina que, de manera asentada, se ha venido estableciendo por el Tribunal Supremo y las Audiencias Provinciales en cuanto a la imposibilidad de dicha renuncia con carácter anticipado y, por tanto, la falta de validez de dicha cláusula. En el presente supuesto analizamos la aplicación de tal doctrina a los contratos celebrados bajo la vigencia de la LAU de 1994.