Contrato de descuento: devolución de los efectos. Comisiones por devolución

Autores/as

  • María del Mar Cabrejas Guijarro Magistrada (España)

Palabras clave:

contrato de descuento, cláusula salvo buen fin, devolución de efectos descontados, comisión por devolución

Resumen

En el presente supuesto vamos a tratar dos cuestiones discutidas en las relaciones entre el banco descontante y el cliente que obtiene una línea de descuento; así en los supuestos de impago del deudor del efecto descontado, surge la obligación de la entidad bancaria de devolver el mismo a su cliente, obligación que en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso ha de tener consecuencias; en segundo lugar valoraremos la actual doctrina jurisprudencial sobre la legitimidad del cobro por la entidad bancaria de comisiones devengadas por la gestión de devolución de los efectos antes referida.

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Publicado

10-04-2009

Cómo citar

Cabrejas Guijarro, M. del M. (2009). Contrato de descuento: devolución de los efectos. Comisiones por devolución. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (99), 22–25. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13119

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