¿Quién puede ser autor en la modalidad de delito contra la ordenación del territorio tipificado en el artículo 319 del Código Penal? Análisis jurisprudencial

Autores/as

  • Betlem Roig Mateo Fiscal (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2009.13223

Palabras clave:

delitos contra la ordenación del territorio, artículo 319 del CP, ¿delito común o delito especial propio?, análisis de la jurisprudencia

Resumen

En las siguientes líneas se analizará cuál es el trato que la jurisprudencia ha dispensado a una particular modalidad de los denominados Delitos contra la Ordenación del Territorio tipificados en el Título XVI del Libro Segundo del Código Penal (CP), en concreto se examinará cuál es la evolución jurisprudencial en relación a quién puede o debe ser considerado sujeto activo en el delito previsto y penado en el artículo 319 del CP. Como se verá, el cambio de dirección en la jurisprudencia tanto en la llamada menor que es la que emana de las Audiencias Provinciales, como en la mayor, esto es, la que solamente puede crear el Tribunal Supremo (TS), ha sido radical. En un principio, el tipo penal llegó a ser considerado como delito especial propio o con sujeto activo especial para acabar siendo lo que en la actualidad se considera como un delito común, susceptible por lo tanto, de ser cometido tanto por un profesional como por quien no lo es. Examinando las resoluciones judiciales a mi gusto más significativas en la materia, se podrá comprobar cómo nos hallamos ante una modalidad más de delito común.

Podrá apreciarse también, cómo la realidad aconseja la adopción de esta tesis denominada extensiva por el hecho de que el bien jurídico que se protege puede ser atacado o violentado tanto por alguien que ostenta cierta o determinada calificación profesional como por quien es ajeno a ella.

Lamentablemente en la actualidad, la aplicación de este tipo penal ha experimentado un ascenso más que considerable ante el aumento de conductas subsumibles en dicho precepto penal.

La pasividad de la Administración ha conllevado entre otras consecuencias una criminalización de lo que en puridad debía ser controlado por aquella y por lo tanto se ha abierto la puerta al instrumento más potente con el que cuenta nuestro Estado de Derecho para castigar ciertos ataques a bienes jurídicos cual es el derecho penal, castigándose así entre otras conductas, el inadecuado uso del suelo.

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Publicado

10-07-2010

Cómo citar

Roig Mateo, B. (2010). ¿Quién puede ser autor en la modalidad de delito contra la ordenación del territorio tipificado en el artículo 319 del Código Penal? Análisis jurisprudencial. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (102), 193–212. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2009.13223