Honor e intimidad frente a un cobrador persistente de una conocida empresa de cobro de deudas pendientes
Palabras clave:
derecho al honor, derecho a la intimidad, cobrador del fracResumen
Un particular que, debido a diversas incidencias en la marcha ordinaria del negocio del que era titular, acumuló diversas deudas frente a varios proveedores y entidades bancarias, con descubiertos en cuenta corriente y reclamaciones de todos ellos, fue objeto de la constante presencia en la dirección de su negocio y en su domicilio particular de personas que hacían ver a todos los que se acercaban que se trataba de una persona morosa y que tenía deudas, identificándose claramente las personas referidas y el vehículo en el que llegaban y que aparcaban junto a ellas con el logotipo de una conocida empresa de reclamación de deudas pendientes.
Se considera que, ante la persistente actitud de los empleados de dicha empresa, pudiera existir una infracción o intromisión ilegítima en el honor y en la intimidad del particular primeramente mencionado que, por ello mismo, decide consultar a un conocido Bufete de abogados especializados en reclamaciones derivadas de la protección del honor e intimidad de las personas.