Desahucio por falta de pago del IBI
Palabras clave:
arrendamientos urbanos, cantidades asimiladas a la renta, IBI, desahucioResumen
Juan tiene un piso arrendado a una persona desde el año 1980, y si bien esta cumple puntualmente con el pago de sus rentas de forma mensual, la realidad es que no sucede lo mismo con el pago del Impuesto municipal sobre Bienes Inmuebles (IBI), pues desde el primer año no paga el IBI.
Ello motivó que plantease un acto de conciliación para que reconociese judicialmente su obligación de pago de tal importe como cantidad asimilada a la renta, compareciendo el arrendatario a tal citación y reconociendo el extremo planteado por Juan.
Lo cierto es que en los años posteriores el IBI, pese a los requerimientos del propietario, han seguido pagándose con retardo hasta el año 2000 que dejaron de ser pagados por el inquilino con abono por parte de Juan, ante lo cual este ha pedido cita con un abogado para asesorarse sobre la posibilidad de iniciar la acción de desahucio contra el inquilino por falta de pago del IBI, no de las rentas, y sobre la posibilidad de acumular ambas acciones en función de si cabe dar al IBI naturaleza de cantidad asimilada a renta. Asesoremos a Juan sobre el estado de la cuestión en la actualidad.