Naturaleza de los contratos. Diferencia entre el contrato de compraventa mercantil y el de distribución: depende de la intención de los contratantes

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

contratos, contrato de distribución, contrato de compra-venta

Resumen

Por la empresa «SRB, SL», se presentó demanda de reclamación de cantidad contra la empresa «GTR, SA» en virtud de la cual le reclamaba la cantidad de 54.765,28 euros por mercancía suministrada a la segunda y no abonada por esta. La demandada se opuso a la demanda alegando que se trataba de un contrato de distribución y no solo se oponía sino que formulaba reconvención por entender que la decisión unilateral de la actora resolviendo el contrato de distribución existente le ocasionaba unos perjuicios que se cuantificaban en 4.876,09 euros.

En la fase de prueba por la demandada no se aportó documentación alguna de órdenes que hubiera recibido de la actora en cuanto a mantener un determinado stock, a que debiera vender la mercancía a un determinado precio o que tuviera la exclusividad para una determinada zona, si bien si alegó que no solo compraba mercancías a «SRB, SL», sino también a otras empresas del mismo sector.

En cambio la demandante aporta el contrato de compraventa de mercancías sin otra especificación.

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Publicado

10-12-2008

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2008). Naturaleza de los contratos. Diferencia entre el contrato de compraventa mercantil y el de distribución: depende de la intención de los contratantes. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (95), 63–65. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13667