Instrucción 1/2007: sobre actuaciones jurisdiccionales e intimidad de menores
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2007.13855Palabras clave:
Ministerio Fiscal, actuación procesal, intimidad de menoresResumen
La preocupación de la Fiscalía General del Estado por el respeto de los derechos de los menores y en especial por la protección a su intimidad tiene reflejo en los plurales pronunciamientos que esta materia ha motivado, en los que late la idea nuclear de la necesidad de que el Ministerio Fiscal asuma de forma decidida el papel protagonista que nuestro ordenamiento expresamente le ha querido atribuir como defensor de la esfera de la privacidad de los menores e inflexible protector de la intimidad de los mismos.
Recientemente se ha recibido en la Fiscalía General del Estado una recomendación del Defensor del Pueblo para que el Ministerio Fiscal en el ejercicio de las competencias que le son propias adopte «las medidas oportunas para preservar el derecho a la intimidad de los menores de edad afectados en procedimientos de separación o divorcio, procurando que los órganos judiciales, con ocasión de publicar por edictos las resoluciones dictadas en dichos procedimientos, omitan datos tales como nombres, apellidos y domicilio de esos menores o cualesquiera otros que permitan su identificación».