Competencia de los órganos judiciales civiles para conocer de los procesos en materia de estado civil

Autores/as

  • José Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

Registro Civil, cambio de nombre, estado civil, competencia judicial

Resumen

La Audiencia Provincial de Barcelona mediante sentencia dictada en apelación en procedimiento ordinario, seguido ante un Juzgado de Primera Instancia por Juan, revocó la sentencia de instancia y concedió el cambio de nombre solicitado «Joan» por el de «Juan», ordenando al Registro Civil competente para su inscripción, una vez firme la sentencia, la inscripción del cambio de nombre concedido. La Jueza de Primera Instancia encargada del Registro Civil dictó acuerdo calificador denegando la práctica de la inscripción al amparo del artículo 27 de la Ley del Registro Civil, por dos motivos: primero, por la falta de competencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, en materia de Registro Civil y, en segundo lugar, por la inadecuación del procedimiento seguido.

Es preciso hacer constar que Juan inició ya antes un expediente gubernativo para cambio de nombre, que le fue denegado por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) en su resolución final al ser el órgano gubernativo superior con competencias para tal resolución. Ante ello, Juan inició un procedimiento ordinario con demanda civil, para que se cambiase su nombre y, siendo desestimatoria la sentencia de la primera instancia, sin embargo se estimó la apelación, sentencia esta cuyo asiento en el Registro Civil se ha denegado.

Informar sobre los aspectos competenciales del caso y sobre la negativa de la encargada del Registro Civil correspondiente a la inscripción en el Registro Civil de la sentencia de la Audiencia de Barcelona.

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Publicado

10-09-2007

Cómo citar

Atienza López, J. I. (2007). Competencia de los órganos judiciales civiles para conocer de los procesos en materia de estado civil. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (79-80), 55–57. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13907

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