Indemnización por despido: ¿bien privativo o ganancial?

Autores/as

  • José Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

separación matrimonial, liquidación de bienes, indemnización por despido

Resumen

Nacho y Juana se separaron por Sentencia de 20 de abril de 1993, habiendo sido suscrito el convenio regulador el 5 de septiembre de 1992. Habiendo sido instada una modificación de medidas posterior, el 12 de junio de 1995 se dicta sentencia acerca de la guardia y custodia de las hijas y modificación de la obligación de alimentos.

Nacho fue despedido de la empresa donde prestaba sus servicios el 4 de febrero de 1993, habiendo recibido como indemnización la cantidad de 13.700 euros.

¿Qué naturaleza tiene esa indemnización? ¿Ganancial o privativa?

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Publicado

10-11-2007

Cómo citar

Atienza López, J. I. (2007). Indemnización por despido: ¿bien privativo o ganancial?. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (82), 6–8. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13965

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