Acumulación al concurso de una suspensión de pagos
Caso práctico
Resumen
En un Juzgado de lo Mercantil, se ha declarado en concurso en Octubre de 2004 a cuatro empresas llamadas A, B, C, y D en las cuales se ha designado a la administración concursal y con personación de varios acreedores. El letrado de la Seguridad Social, que se ha personado como acreedor en nombre de una Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, ha pedido al Juzgado de lo Mercantil que se acumule al procedimiento abierto, el de suspensión de pagos que se tramita en un Juzgado de Primera Instancia de la misma provincia ya que la suspensa es una sociedad llamada «E» que se encuentra en suspensión de pagos, pero con la peculiaridad de que el 100% de las acciones de esta sociedad en suspensión de pagos pertenece a una de las sociedades declaradas concursadas en el procedimiento. La administración concursal se ha opuesto a ello, y también han informado en el mismo sentido los acreedores personados por entender que la normativa transitoria de la Ley Concursal no permite esta acumulación pedida y además por todos aquellos que han informado sobre la solicitud del letrado de la Seguridad Social, han manifestado que el acreedor peticionario carece de legitimación activa para efectuar la solicitud realizada.