Suspensión de pagos. Solicitud de concurso posterior. Inadmisión

Caso práctico

Autores/as

  • José Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Resumen

La empresa AAA en el año 1995 presentó solicitud acogiéndose al beneficio de la suspensión de pagos, expediente de suspensión que fue tramitado ante un Juzgado de Primera Instancia de Madrid. En tales autos se llegó a un convenio entre la suspensa y sus acreedores que fue aprobado por Auto del Juzgado de Primera Instancia de fecha 8 de abril de 1996 al haber sido votado favorablemente en Junta de Acreedores.

Dicho convenio, en resumen, acordaba lo siguiente:

A) La suspensa se obligaba al pago del 63% de los créditos reconocidos en el plazo de cinco años (el primer año el 10%, el segundo año el 20%, el tercer año el 20%, el cuarto año el 25% y el quinto año el 25%).

B) Se designaba una comisión de vigilancia del convenio formada por dos de los tres hasta ahora interventores de la suspensión de pagos, que además quedarían integrados en la Dirección de la empresa AAA.

C) Se otorgaba por la empresa citada a tal comité de vigilancia, facultades para vetar los acuerdos que pueda adoptar la empresa y que pudieran resultar lesivos para los acreedores del convenio.

D) Se consideraría incumplimiento del convenio, cualquier intento de la empresa de revocar o sustituir a los dos miembros integrantes del comité de vigilancia, de su puesto en la dirección de la empresa. Esta propuesta de convenio salió adelante en Junta con sólo cuatro votos en contra y sin una sola oposición a la aprobación del convenio, tras la celebración de tal Junta.

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Publicado

10-04-2005

Cómo citar

Atienza López, J. I. (2005). Suspensión de pagos. Solicitud de concurso posterior. Inadmisión: Caso práctico. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (51), 62–66. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/14499

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