Apropiación indebida continuada. Penalidad

Caso práctico

Autores/as

  • José Ignacio Esquivias Jaramillo Fiscal (España)

Resumen

Imaginamos que una persona profesional se encarga de administrar los fondos de unos clientes. Para ello, recibe unas cantidades que oscilan entre 6.000 y 9.000 euros, de personas normales, no especialmente adineradas, con una economía familiar sencilla. Personas que no hacen otra cosa que entregar al administrador sus ahorros, con la sana intención de que sean colocados en productos financieros para, transcurrido un tiempo de inversión y obtenidas rentas positivas (se supone), proceder a la devolución, previo cobro de la comisión por su trabajo por parte del administrador.

Y suponemos que amparados en la confianza generada por el administrador, se ponen a su disposición esos caudales que son apropiados por él a lo largo de varios meses y con varios clientes, hasta el importe de 54.000. De unos, obtiene dinero por importe superior a 12.000 euros; de otros, cantidades inferiores a 12.000 euros.

Sucede, asimismo, que la confianza generada se ampara en los años de relación administrador cliente; también en el hecho de que este hombre se desplazaba hasta los domicilios de los clientes, en algunos casos, con movilidad funcional disminuida, en otros de avanzada edad; finalmente, en el hecho de ser la única persona especializada en esas materias en la zona donde viven.

La conducta la calificamos como delito continuado de apropiación indebida del administrador, de los artículos 252 y 74 del Código Penal (CP), con el abuso de la confianza.

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Publicado

10-11-2005

Cómo citar

Esquivias Jaramillo, J. I. (2005). Apropiación indebida continuada. Penalidad: Caso práctico. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (58), 119–122. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/14705

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