Arrendamiento urbano de local: extinción por jubilación del arrendatario
Caso práctico
Resumen
Nuestro cliente, Juan, tiene arrendado un local de negocio a Pablo desde 1975 y el pasado 1 de marzo de 2001, el arrendatario se ha jubilado sin notificárselo a su arrendador. La esposa del llamado Pablo abonó la totalidad de la renta correspondiente a la anualidad de 2001 que fue aceptada por Juan a su satisfacción. El arrendador ha conocido por terceros que en el negocio se ha subrogado el cónyuge de Pablo, el cual sigue llevando la gestión del mismo sin que se le haya notificado ni por Pablo ni por la esposa tal subrogación.
En diciembre del año 2001, la esposa de Pablo ha presentado ante la TGSS su solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia e igualmente ha iniciado los trámites ante la Delegación de la Agencia Tributaria para comenzar el pago del IAE.
Acude Juan a nuestro despacho, manifestando su deseo de oponerse a tal subrogación no notificada a su persona como arrendador y planteando la posibilidad de interponer por tales motivos una demanda para resolver el contrato por entenderlo extinguido. Comentar la línea de defensa de la pretensión de Pablo.