Caducidad de la acción de impugnación del artículo 53 de la lau; notificación válida de la adquisición de la finca al arrendatario

Autores/as

  • María del Mar Cabrejas Guijarro Magistrada (España)

Resumen

Habitando A. García una finca en calidad de arrendatario, P. Luengo, el arrendador, le notifica su intención de vender la misma así como el precio solicitado, sin que el arrendatario ejercite su derecho de tanteo; con posterioridad y habiendo permitido el referido arrendatario la entrada en la finca de unos peritos remitidos por el futuro comprador para tasarla, recibe una nueva notificación de éste, anunciándole la compra y el precio pagado coincidente con el anunciado por el vendedor sin que, de nuevo, ejercite el derecho de retracto; no obstante ello, y en tanto que con la comunicación el comprador no remite copia del instrumento de compra, el arrendatario le insta a ello, haciéndole saber que la anterior comunicación no tuvo validez y, tras recibir copia de la escritura pública de documentación del contrato, el arrendatario ejercita el derecho de impugnación, alegando como causa que el precio pagado supera el de capitalización de la renta y ello a los únicos efectos de obtener el reconocimiento por el nuevo arrendador de la prórroga forzosa de su contrato.

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Publicado

10-12-2002

Cómo citar

Cabrejas Guijarro, M. del M. (2002). Caducidad de la acción de impugnación del artículo 53 de la lau; notificación válida de la adquisición de la finca al arrendatario. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (23), 227–229. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/15741

Número

Sección

Casos prácticos de Derecho Civil

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