Dolo civil y dolo penal en la contratación: delito de estafa

Autores/as

  • Adelaida Medrano Aranguren Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid (España)

Resumen

José suscribió, en calidad de administrador de la entidad EEE Musicales, SL, con la denunciante Ana, quien lo hizo en calidad de administradora de la entidad PPP Producciones, SL, sendos contratos denominados de producción de espectáculos, en fechas, respectivamente, de 18 y 22 de abril de 2008, para la realización del concierto de varios artistas. Dicho acusado había suscrito ya con anterioridad otros dos contratos. El primero, en fecha 25 de febrero de 2008 con la entidad Spot. SL, como productora interesada en la celebración de un concierto con la actuación de un artista. Y, el segundo (contrato), en fecha 11 de febrero de 2008 con Miguel y con Rubén, representados en el acto de la suscripción, por la entidad Señor Lobo, SL, como productora interesada en celebrar un concierto con la actuación de Pereza.

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Publicado

10-06-2022

Cómo citar

Medrano Aranguren, A. (2022). Dolo civil y dolo penal en la contratación: delito de estafa. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (257), 125–129. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/9191

Número

Sección

Casos prácticos de Civil

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