El auto de cuantía máxima como título ejecutivo

Autores/as

  • Berta Leal Cañadell Abogada del Estado. (Habilitada para la defensa y representación del Consorcio de Compensación de Seguros) (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2022.9229

Palabras clave:

auto de cuantía máxima, título judicial ejecutivo, accidentes de tráfico, seguro obligatorio

Resumen

El presente trabajo de investigación parte del contenido histórico del auto de cuantía máxima, antes de la reforma operada por Ley 35/2015, de 22 de septiembre, en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, ya que la emisión del auto de cuantía máxima antes de la reforma posibilitaba a las víctimas de tráfico la delimitación económica del daño corporal sufrido dentro de los límites del seguro obligatorio y su eficaz reclamación en un proceso ejecutivo, ya que en este, el deudor solo podría oponer la culpa exclusiva, concurrencia de culpas o fuerza mayor extraña al vehículo. Sin embargo, esta reforma ha cambiado totalmente el panorama, ya que, aunque el auto de cuantía máxima como título ejecutivo sigue existiendo, como vamos a ir explicando, a nuestro entender esta reforma ha vaciado totalmente la utilidad de dicho mecanismo.

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Citas

Abella López, J. (2012). La ejecución del auto de cuantía máxima. Tráfico y Seguridad Vial, 163/164.

Badillo Arias, J. A. (2015). La conceptualización del hecho de la circulación en la responsabilidad civil automovilística y el seguro [Tesis doctoral]. Universidad Carlos III de Madrid.

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Publicado

10-09-2022

Cómo citar

Leal Cañadell, B. (2022). El auto de cuantía máxima como título ejecutivo. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (259-260), 5–26. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2022.9229

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil