Derecho al honor. Sátira sobre el comportamiento de cargos públicos
Comentario a la STS de 14 de junio de 2021
Palabras clave:
tutela civil de los derechos fundamentales, derecho al honor, libertad de expresiónResumen
Poema satírico publicado en una revista de una asociación judicial. Ponderación entre el derecho al honor de la aludida, una diputada, y la libertad de expresión.
En asuntos de esta naturaleza, donde entran en conflicto los derechos fundamentales a la libertad de expresión y el honor de un personaje público, la ponderación debe partir de los siguientes datos: la condición de personajes públicos o privados, la mayor o menor relevancia de lo manifestado, el interés público o la discusión de cuestiones políticas, el fundamento fáctico sobre el que se asienta el texto, o el momento en que tiene lugar la redacción del mismo. Porque es bien sabido que las excepciones a la libertad de expresión, en su colisión con el honor de una persona pública o de un político, son muy limitadas, y sin perjuicio de que no queda amparado por ella el derecho al insulto.