Causas de nulidad judicial de un laudo arbitral
Comentario a la STSJ de Madrid, de 12 de septiembre de 2019
Palabras clave:
laudo arbitral, causas de nulidad, motivación, convenio arbitralResumen
El TSJ de Madrid nos recuerda que las alegaciones para la nulidad del laudo por la comunidad de propietarios deben circunscribirse necesariamente a los supuestos de contravención grave del propio contrato de arbitraje, limitándose a los supuestos de contravención grave del propio contrato de arbitraje, sin extenderse a los supuestos de infracción del derecho material aplicable al caso.
La acción de anulación de laudo arbitral diseñada en la Ley de Arbitraje no permite a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, a la que ahora se atribuye la competencia para el conocimiento de este proceso, reexaminar las cuestiones debatidas en el procedimiento arbitral. Las causas de anulación, por tanto, solo se centran a la falta de garantías procesales, a si el laudo se ajusta a los límites marcados en el convenio arbitral, y si ese laudo sobrepasó las cuestiones o los límites no sujetos al arbitraje por las partes.
Formulada la demanda reconvencional, se entiende que en ese momento se acepta la controversia y expresamente consiente el convenio, sin que se detecte desequilibrio alguno en perjuicio del consumidor, debiendo entenderse que la controversia es posterior y ha sido consentida.
Posibilidad de establecer convenios de sumisión a arbitrajes distintos del de consumo siempre que se pacten una vez surgido el conflicto material o controversia entre las partes del contrato.
El TSJ de Madrid reconoce la suficiencia argumental del laudo, en él se responden todas las cuestiones, y cita expresamente algunas páginas del mismo, sin que el presente supuesto adolezca de falta de motivación; por ello, declara que no es contrario al orden público y desestima el recurso. Voto particular.