Ideas sobre los efectos de la comprobación limitada para una futura regulación
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2003.16303Resumen
Es notorio que el Proyecto de Ley General Tributaria –actualmente en fase de tramitación– aborda el tema de la denominada «comprobación limitada», que desarrollan los órganos gestores, con el firme propósito de institucionalizar su régimen jurídico y procedimiento.
En cuanto al primer punto, desde luego se había generalizado entre la doctrina el reclamo de una clara delimitación de competencias de los órganos gestores y, sobre todo, una rigurosa regulación de los efectos que debían atribuirse al desarrollo de semejante actividad comprobadora. Y todo ello, sin desviarse del objetivo de equilibrar derechos y garantías del contribuyente e intereses recaudatorios que, irremediablemente, debe guiarse por los principios basilares de la comprobación limitada: proporcionalidad y eficacia. Así pues, en este trabajo se advierte la necesidad de hacer coordinar el carácter de la comprobación y los efectos derivados de la misma, entre los que destaca el Proyecto la vinculatoriedad de los aspectos comprobados, sustentada por un acto de liquidación que continúa siendo provisional pero con importantes limitaciones en su modificabilidad.
En relación con la segunda cuestión, se establece un procedimiento individualizado de comprobación limitada de forma paralela al que existe en el procedimiento inspector. Sin embargo, como exponemos a continuación, siguen existiendo carencias reguladoras importantes en materias de alta sensibilidad para el contribuyente como es el tema de la prescripción. Asimismo, en este estudio se deja patente que es el momento idóneo para enmendar estas insuficiencias que bien podrían ser acompañadas por medidas legislativas de mayor valentía tales como la regulación de las actas con acuerdo en el procedimiento de comprobación limitada o el reconocimiento de la eficacia interimpositiva de los aspectos comprobados en impuestos conectados.