Perspectiva contable de las nuevas formas de pago a proveedores
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.1998.17059Resumen
El Plan General de Contabilidad aprobado en diciembre de 1990 recogía el tratamiento de las formas de pago a proveedores más habituales en aquellos años. Hoy sólo ocho años después, y como consecuencia de la creciente competencia existente en el sector bancario, la globalización de la economía y el desarrollo de las herramientas telemáticas, estas modalidades de pago se han ido viendo modificadas, acompañadas por otras más novedosas, y aquellas que no ofrecían la suficiente agilidad o competitividad por su coste han sido sustituidas por otras más flexibles y acordes con las tecnologías y prácticas actuales.
En el presente trabajo se analizan las razones que han hecho que algunas fórmulas de pago se hayan universalizado y otras hayan caído en el más absoluto ostracismo. Del mismo modo se trata de complementar el tratamiento contable que el Plan General de Contabilidad da a unas y a otras.
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Citas
– Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. (Fecha publicación 27-12-1990).
– Ley 19/1985, de 16 de julio. Ley Cambiaria y del Cheque. (Fecha publicación 19-07-1985).
– Real Decreto 1393/1993, de 4 de agosto.
– Circular 8/1990 del Banco de España.
– Orden Ministerial de 11 de abril de 1986, por la que se aprueba el modelo de Letra de Cambio.
– Ley 18/1991, de 6 de junio.
– Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.