Trascendencia contable de la titularidad de un inmueble en el momento de reflejar los gastos de renovación o modernización del mismo
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17345Resumen
El Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, recoge en el subgrupo 20 lo que denomina gastos de establecimiento, y en los que recoge las siguientes cuentas:
200 Gastos de constitución
201 Gastos de primer establecimiento
202 Gastos de ampliación de capital
Nos vamos a centrar en la segunda de ellas, que es la que tiene relación con el objeto de este artículo, y que el Plan define como «Gastos necesarios hasta que la empresa inicie su actividad productiva, al establecerse aquélla o con motivo de ampliaciones de su capacidad». Como vemos, esta cuenta permite activar, al margen de los gastos previos al inicio de la actividad, aquellos que responden al incremento de la capacidad productiva de la empresa; es decir, aquellos gastos que no vinieran ligados a un incremento de esta capacidad no serían activables, sino que deberían ser considerados gastos del ejercicio.
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Citas
– BOICAC número 13. Mayo 1993. Consulta número 17.
– Documento número 2 sobre Principios contables de AECA. El inmovilizado material. Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas. Madrid 1992.
– «La nueva regulación del Impuesto sobre Sociedades. El régimen general». Luis Alberto MalvÁrez PaScual. Centro de Estudios Financieros. Madrid 1996.
– Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
– Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.