Las ampliaciones de capital parcialmente liberadas (Comentario crítico de la STS de 28 de mayo de 1990 y análisis de las consecuencias fiscales de la operación)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.1994.17533Resumen
I. INTRODUCCION
El presente trabajo tiene por objeto analizar la problemática mercantil y fiscal de las ampliaciones de capital parcialmente liberadas, reguladas por el artículo 151 de la Ley de Sociedades Anónimas, y en particular las discrepancias o diferentes interpretaciones que se han venido produciendo recientemente respecto de los requisitos o condiciones para llevarlas a cabo, así como respecto de las consecuencias fiscales de este tipo de ampliaciones de capital para las personas físicas titulares de las acciones viejas.
Desde el punto de vista mercantil, y a raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de mayo de 1990, se viene produciendo una discrepancia tanto entre la doctrina como entre el Tribunal Supremo y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre los requisitos o condiciones necesarias para llevar a cabo este tipo de ampliaciones de capital, y en particular, sobre la admisibilidad legal de esta operación, y en su caso, sobre el quórum de votación necesario para la valida adopción del acuerdo.
Desde el punto de vista fiscal, existen diferentes alternativas sobre las consecuencias tributarias de la operación, con especial referencia a la fecha de antigüedad que se le debe atribuir a las nuevas acciones emitidas, a los efectos del cálculo de la alteración patrimonial que se produzca cuando las nuevas acciones emitidas sean enajenadas por el accionista.
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