La titularidad plena en la exención por reinversión en vivienda habitual en el IRPF

Análisis de la STS de 12 de diciembre de 2022, rec. núm. 7219/2020

Autores/as

  • Nuria Puebla Agramunt Doctora en Derecho por la UCM. Profesora contratada doctora de la UDIMA. Abogada del ICAM (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2023.18619

Resumen

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo viene a resolver la duda jurídica de si, cumpliéndose el requisito de la residencia durante más de tres años, la nuda propiedad es título suficiente para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, o si es preciso haber gozado del pleno dominio durante ese periodo de tiempo. Se trata de la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 2022, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2.ª, de la que es ponente el Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda, y que desestima el recurso de casación 7219/2020, interpuesto por el recurrente contra Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dictada el 31 de noviembre de 2019 en el recurso 388/2018.

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Publicado

17-05-2023 — Actualizado el 01-06-2023

Versiones

Cómo citar

Puebla Agramunt, N. (2023). La titularidad plena en la exención por reinversión en vivienda habitual en el IRPF: Análisis de la STS de 12 de diciembre de 2022, rec. núm. 7219/2020. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (483), 116–126. https://doi.org/10.51302/rcyt.2023.18619 (Original work published 17 de mayo de 2023)

Número

Sección

Análisis doctrinal y jurisprudencial de tributación

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