Naturaleza y efectos de la liquidación tributaria vinculada a delito según la jurisprudencia del Tribunal Supremo
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2025.24719Palabras clave:
liquidación tributaria vinculada a delito, jurisprudencia, Tribunal SupremoResumen
La figura de la liquidación tributaria vinculada a delito es una de las categorías jurídicas que más polémica ha suscitado en el ámbito de los estudios doctrinales de derecho tributario desde su entrada en vigor. Pasados ya unos años, en ella ha venido a terciar, además, el TS en diversos pronunciamientos. En las sentencias aquí comentadas, la STS 261/2025, de 10 de marzo, y la STS 277/2025, de 17 de marzo, lo hace abierta y directamente, pues la cuestión de interés casacional tiene el ambicioso objetivo de determinar la naturaleza y los efectos de esa liquidación. Pese a ello, el resultado no es nuevo, ya que el TS se limita a seguir la doctrina previamente fijada al hilo del concepto de deudor tributario al que se refiere el artículo 95 bis de la LGT. Las cuestiones que suscita esta jurisprudencia más reciente, que es objeto de este análisis crítico, son diversas. Y van desde el cuestionamiento de la verdadera necesidad y utilidad de esta doctrina, a la vista de que existe un concepto y también un régimen legal del que no cabe duda de que nos hallamos ante un acto administrativo, al planteamiento de cuál es el sentido de la función nomofiláctica del TS, que no parece que pueda ser definir categorías recogidas en las leyes, para finalizar en la principal de todas, que no es otra sino la valoración de su contenido y alcance considerando su adecuación o no al régimen normativo, pero también los efectos perniciosos que puede comportar.










