Entidades sin fines lucrativos, interés general y actividad económica: un triángulo jurídico difícil de encajar
Análisis de la SAN de 20 de junio de 2025, rec. núm. 694/2020
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2026.24897Resumen
La Sentencia de la Audiencia Nacional de 20 de junio de 2025 (rec. núm. 694/2020) confirma la denegación de la aplicación del Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos a Cambridge University Press Sucursal en España, respecto de los ejercicios 2012 a 2015. La Sala considera incumplidos los requisitos previstos en los ordinales 1.º y 10.º del artículo 3 de la Ley 49/2002, al entender, por un lado, que la actividad editorial que desarrolla no puede calificarse como orientada al interés general y, por otro, que la falta de elaboración en plazo de la memoria económica constituye un defecto sustancial y no meramente formal. En consecuencia, se confirma la regularización tributaria, con aplicación del Régimen de las Entidades Parcialmente Exentas, y se mantiene la sanción impuesta al apreciar culpabilidad, como mínimo, por negligencia.
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Citas
Correcher Mato, C. J. (2025). La fiscalidad de las entidades no lucrativas en el Impuesto sobre Sociedades a examen: En busca de un gravamen justo en medio de la diversidad. Revista Española de Derecho Financiero, 207, 1-33 (recurso electrónico).










