Las deducciones en el IVA a la luz del principio comunitario de neutralidad

Autores/as

  • Alejandra Bas Bolufer Inspectora de Hacienda del Estado (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2026.25383

Palabras clave:

TJUE, IVA, neutralidad, deducciones, cuotas soportadas

Resumen

El principio de neutralidad constituye uno de los elementos capitales en la construcción del IVA, utilizado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a la hora de interpretar una de las características fundamentales del impuesto, como es el derecho a deducir, de las cuotas repercutidas, las cuotas soportadas por el propio sujeto pasivo.

El presente trabajo realiza un estudio detallado los principales pronunciamientos en los que el TJUE examina las distintas condiciones de deducibilidad vigentes, con referencia especial al principio de neutralidad.

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Biografía del autor/a

Alejandra Bas Bolufer, Inspectora de Hacienda del Estado (España)

Inspectora de Hacienda del Estado en activo en la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, sede de Barcelona. Técnico de Hacienda del Estado en excedencia. Ha trabajado previamente en el Departamento de Gestión Tributaria en la Delegación Especial de Tarragona como técnico de Hacienda. Profesora de CEF-UDIMA.

Publicado

04-09-2026

Cómo citar

Bas Bolufer, A. (2026). Las deducciones en el IVA a la luz del principio comunitario de neutralidad. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (521-522), 69–126. https://doi.org/10.51302/rcyt.2026.25383