¿Son fiscalmente deducibles los intereses de demora?
Análisis de la RTEAC de 7 de mayo de 2015, R. G. 1967/2012
Resumen
1. SUPUESTO DE HECHO
Los hechos que se debaten en la Resolución del Tribunal Económico Administrativo-Central (RTEAC) de 7 de mayo de 2015 (NFJ058171) –resolución que sirve de punto de partida para una serie de reflexiones que se realizarán seguidamente– aluden a determinadas regularizaciones efectuadas a una empresa constructora respecto del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en relación con los ejercicios 2004 y 2005. Adicionalmente es preciso considerar que, por otro lado, la misma empresa había sido objeto de regularizaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) por la comunidad autónoma andaluza también en relación con una transmisión inmobiliaria realizada en el año 2005.
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Citas
Álvarez Melcón, S. [1983]: «El principio contable de la imagen fiel: una introducción», en Fiscalidad y contabilidad empresarial. Homenaje a Carlos Cubillo Valverde, Instituto de Estudios Fiscales, Madrid.
Antolínet Collet, S. [1990]: «Imagen fiel y principios contables», Revista española de financiación y contabilidad, núm. 63.
Cuesta Cabot, G. [2015]: «¿Son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades los intereses de demora liquidados por la inspección? Comentarios a la luz de la reciente resolución del TEAC de 7 de mayo de 2015 y la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades», Carta Tributaria, núm. 3.
Cornudella Marqués, J. [2008]: «El importe de las ganancias y pérdidas patrimoniales», en Menéndez Moreno, A. (coord.), Los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre la renta de los no residentes: Estudio de sus leyes reguladoras y reglamentos generales, Lex Nova, Valladolid.
Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) [2015]: «Tratamiento en el IS de los intereses de demora tributarios: resolución del TEAC de 7 de mayo de 2015», julio.
Ibáñez García, I. [1999]: «¿Son deducibles los intereses de demora tributarios?: crítica a la STS 24 octubre 1998», Quincena Fiscal, núm. 14.
Lucas Durán, M. [1996]: «La contabilidad en el marco de la armonización del derecho europeo de sociedades. Comentarios críticos en torno a la 4.ª directiva del derecho de sociedades», Revista de Derecho Financiero y de Hacienda Pública, vol. 46, núm. 242.
Pagés i Galtés, J. [1996]: «El abandono del concepto de gasto necesario por la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y sus efectos en el IRPF», Quincena Fiscal, núm. 9.
Ucelay Sanz, I. [2015]: «La licitud del gasto como requisito previo para su deducibilidad. Efectos de la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades», Carta Tributaria, núm. 3.
Villegas Moreno, A. [2015]: «A propósito de los gastos financieros: ¿son fiscalmente deducibles los intereses de demora tributarios?», RCyT. CEF, núm. 387.