El ingreso a cuenta no repercutido disminuye la ganancia patrimonial derivada de la transmisión del bien adquirido en especie

Comentario a la STS de 6 de octubre de 2011, rec. núm. 2249/2008

Autores/as

  • M.ª Ángeles Pedrosa Nuño Licenciada en Derecho. Gabinete Jurídico del CEF (España)

Palabras clave:

IRPF, retribución en especie, ingreso a cuenta, ganancia patrimonial

Resumen

En primer pronunciamiento en la materia, y radicalmente en contra de lo manifestado por la Administración hasta la fecha, el Tribunal Supremo aclara que la figura del ingreso a cuenta cuyo pago no ha sido trasladado al trabajador/contribuyente opera, en el momento de su transmisión, como uno de los elementos que restan el importe del valor de adquisición del bien adquirido en especie. Con ello el Tribunal continúa una línea doctrinal ya iniciada por otros Tribunales menores en aras de sentar, posiblemente, jurisprudencia en la materia.

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Publicado

07-01-2012

Cómo citar

Pedrosa Nuño, M. Ángeles. (2012). El ingreso a cuenta no repercutido disminuye la ganancia patrimonial derivada de la transmisión del bien adquirido en especie: Comentario a la STS de 6 de octubre de 2011, rec. núm. 2249/2008. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (346), 157–164. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/RCyT/article/view/6503