El Tribunal Supremo sienta jurisprudencia definitiva sobre la posibilidad de solicitar la devolución de las cuotas pendientes de IVA no compensado

Comentario a las SSTS de 24 de noviembre y 23 de diciembre de 2010

Autores/as

  • José Andrés Sánchez Pedroche Profesor de Derecho Financiero y Tributario. Rector de la UDIMA (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2011.6755

Palabras clave:

IVA, plazo, deducción, compensación, devolución, Tribunal Supremo

Resumen

La AEAT, los Tribunales Económico-Administrativos y la mayoría de los Tribunales de Justicia, entendían taxativamente el plazo para ejercer la deducción-compensación del IVA, lo que determinaba la imposibilidad de solicitar la devolución de los excesos no deducidos. El Tribunal Supremo zanja definitivamente la cuestión, sentando jurisprudencia y señalando que dicho plazo es de prescripción y no de caducidad.

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Publicado

07-03-2011

Cómo citar

Sánchez Pedroche, J. A. (2011). El Tribunal Supremo sienta jurisprudencia definitiva sobre la posibilidad de solicitar la devolución de las cuotas pendientes de IVA no compensado: Comentario a las SSTS de 24 de noviembre y 23 de diciembre de 2010. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (336), 109–124. https://doi.org/10.51302/rcyt.2011.6755

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