Eliminaciones de partidas intragrupo y de resultados (artículos 41-45) (VII)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2011.6781Palabras clave:
saldos y transacciones intragrupo, operaciones internas, margen interno, diferimiento, realización, ajustes, cambio de afectaciónResumen
Las cuentas anuales consolidadas deben presentar la situación patrimonial y financiera del grupo como un único sujeto contable, de forma que las operaciones realizadas entre las sociedades que componen el grupo no tergiversen la realidad del conjunto frente a terceros. Así, por ejemplo, el balance de situación consolidado debe representar los derechos de cobro que son exigibles ante terceros, así como las obligaciones contraídas con entidades ajenas al grupo, y no reflejar los derechos exigibles ante las propias sociedades que forman parte del grupo ni las deudas contraídas entre las mismas. En la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada se recogen las transacciones realizadas con empresas externas al grupo, puesto que la imagen fiel obliga a mostrar únicamente aquellos ingresos y gastos que tienen su origen y destino en empresas distintas a las que componen el grupo de sociedades. El estado de flujos de efectivo consolidado informa sobre el origen y utilización de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, clasificando los movimientos por actividades, que procedan o se destinen a terceros, es decir, eliminando aquellos flujos ocasionados por operaciones intragrupo. Por todo ello, es necesario articular unas pautas para ajustar los estados consolidados, mediante la eliminación de aquellos saldos y transacciones que se realizan entre empresas del grupo y que suponen un reflejo en el balance de situación, en la cuenta de resultados, en el estado de cambios del patrimonio neto y en el estado de flujos de efectivo, así como mediante la eliminación de los beneficios y pérdidas que sean resultado de las transacciones intragrupo y que estén reconocidas en activos (como existencias o inmovilizado).
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Citas
Normativa Legal
Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
Otra Bibliografía
Manzano Carpio, Francisco y Torre Cantalapiedra, Alberto M.ª [2010]: «Borrador de Real Decreto por el que se aprueban las nuevas normas para la consolidación y la formulación de estados financieros» (I y II). Técnica Contable, CISS.
De las Heras Miguel, Lorenzo [2009]: Normas de consolidación. Comentarios y casos prácticos, 5.ª edición. CEF.
KPMG. Las NIIF comentadas. Guía práctica de KPMG para comprender las Normas Internacionales de Información Financiera, Edición 2006/07.
http://www.contabilidad.tk/ web del CEF, especializada en temas de Contabilidad en España.