Contabilización de subvenciones, donaciones y legados
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2010.7101Palabras clave:
subvenciones, devengo de operacionesResumen
El pasado 26 de marzo se publicó la Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias, dentro de la cual, en su disposición adicional única, incluye una norma contable acerca de los criterios para calificar una subvención como no reintegrable, que es aplicable a todos los sujetos contables, con independencia de su carácter público o privado.
Esta disposición, junto con la Norma de Registro y Valoración número 18, Subvenciones, donaciones y legados recibidos, del Plan General de Contabilidad y, en cierta medida, con la contestación a la Consulta número 11 incluida en el BOICAC número 75, regulan la problemática contable de estas operaciones, estableciendo los diferentes momentos del tiempo en los que se deben registrar las operaciones de subvención atendiendo para ello al Principio del Devengo definido en el Marco Conceptual del Plan General de Contabilidad.
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Citas
Ana M.ª Martínez-Pina García [2010]: «El tratamiento contable de las subvenciones en el Nuevo Plan General de Contabilidad». Estrategia financiera, ISSN 1130-8753, N.º 271, págs. 63-70.
Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se publica el Plan General de Contabilidad (BOE de 20 de noviembre).
Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias (BOE de 26 de marzo).