La deducción por inversión en vivienda en caso de adquisición de viviendas habituales sucesivas
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2009.7733Palabras clave:
deducción por inversión en vivienda habitual, deducción por adquisición de vivienda habitual, intereses del préstamo hipotecario, exención por reinversiónResumen
Este trabajo analiza en general los requisitos para aplicar la deducción por inversión en vivienda cuando se adquiere una nueva vivienda habiendo disfrutado de la deducción por otras viviendas habituales anteriores. La deducción por inversión en vivienda habitual no se restringe a la adquisición de la primera vivienda sino que se extiende a la compra de viviendas habituales sucesivas, posponiéndose en tal caso la práctica de la deducción hasta el momento en que las sumas invertidas en la nueva vivienda superen a las invertidas en las anteriores, en la medida en que hubiesen sido objeto de deducción. Sin embargo, la normativa no aclara si los intereses de los préstamos suscritos para financiar la compra de las viviendas, intereses que integran la base de deducción desde la entrada en vigor de la LIRPF/1998, se incluyen entre las «cantidades invertidas» que limitan la deducción en caso de adquisición de una nueva vivienda, aspecto que constituye el objeto central del comentario.