Comentarios al artículo 38 de la Ley de contrato de seguro
Palabras clave:
contrato de seguro, prueba pericial, liquidación del dañoResumen
Centramos el presente trabajo en el artículo 38 de la Ley de contrato de seguro, actualizado a través de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras. Analizaremos las obligaciones de las partes y el sistema pericial de liquidación del daño que contempla, tanto en sus aspectos procedimentales como sustantivos.