El «voto de pobreza» del empleado público
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2016.10857Palabras clave:
empleado público, incompatibilidad económica, retribucionesResumen
En 2015 se han cumplido los primeros treinta años de la vigencia de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades, efeméride que aprovecha el presente estudio para abordar el principal, aunque no único, sin sentido jurídico de aquella, cual es el de la incompatibilidad económica determinada por el complemento específico –o concepto económico similar– que hoy perciben todos los empleados públicos, y que les veta el desempeño de toda actividad lucrativa en el sector privado, y ello a pesar de que la plena dedicación al servicio público fue siempre, como también hoy, una regla general trufada de múltiples e interesadas excepciones. A la inicial incompatibilidad presupuestaria para la percepción de más de un sueldo público, pronto se le unió la incompatibilidad funcional para el desempeño de actividades privadas que colisionaran con el interés público, única incompatibilidad aceptable en Derecho, pues la incompatibilidad económica es un puro resabio ayuno de todo rigor jurídico. Ello debiera conducir hoy al legislador a replantearse la supresión de aquella, o –sin más ambages, y de una vez por todas– a consagrar la incompatibilidad absoluta del empleado público con su consiguiente coste presupuestario.
Descargas
Citas
Álvarez de la Rosa, M. [1987]: «El régimen jurídico de las incompatibilidades en los contratos de trabajo del sector público», Documentación Administrativa, núms. 210-211, Madrid, págs. 227-265.
Álvarez-Gendín y Blanco, S. [1962]: «El problema de las incompatibilidades de los funcionarios públicos», Revista de Administración Pública, núm. 39, Madrid, págs. 93-126.
Crespo Montes, L. F. [1971]: «Principios inspiradores de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado», Documentación Administrativa, núm. 141, Madrid, págs. 11-48.
Fernández Pastrana, J. M.ª [1983]: «Las incompatibilidades de los funcionarios: La Ley 20/1982, de 9 de junio», Revista de Administración Pública, núms. 100-102, Madrid, págs. 1.651-1.698.
Frutos Isabel, J. M.ª De [1973]: «Jornada de trabajo y retribución del trabajo en la función pública», Revista de Administración Pública, núm. 71, Madrid, págs. 443-489.
González-Haba Guisado, V. M.ª [1976]: «Visión prospectiva de la función pública española», Documentación Administrativa, núm. 170, Madrid, págs. 5-61.
Herrero Fontana, J. R. [1963]: «La remuneración de los funcionarios públicos», Documentación Administrativa, núm. 69, Madrid, págs. 119-153.
Martínez Jiménez, J. E. [1982]: «Las bases del sistema español de incompatibilidades de los funcionarios públicos», Documentación Administrativa, núm. 195, Madrid, págs. 139-169.
Mendoza Oliván, V. [1964]: «La ordenación de las incompatibilidades en la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado», Documentación Administrativa, núm. 77, Madrid, págs. 51-63.
Meseguer Yebra, J. [2007]: El régimen de las incompatibilidades de los empleados públicos. Análisis práctico de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, recopilación normativa y análisis jurisprudencial, actualizado con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, 2.ª edición, Barcelona: Bosch.
Piñar Mañas, J. L. [1986]: «El nuevo sistema retributivo de los funcionarios y su aplicación», Revista de Administración Pública, núm. 111, Madrid, págs. 345-371.
Porras Orue, P. [1978]: «En torno a una posible reforma de la legislación de funcionarios civiles del Estado», Documentación Administrativa, núm. 177, Madrid, págs. 155-181.
Serrano Guirado, E. [1954]: «La Ley de 15 de julio de 1954 sobre situaciones de los funcionarios de la Administración Civil del Estado», Revista de Administración Pública, núm. 15, Madrid, págs. 237-260.
– [1956]: «Las incompatibilidades de autoridades y funcionarios», Revista de Administración Pública, núm. 19, Madrid, págs. 59-158.