Derecho y mediación: ¿caminos paralelos o entrecruzados?

Autores/as

  • María Elena Cobas Cobiella Profesor Contratado Doctor de Derecho Civil. Universidad de Valencia (España)
  • Alfonso Ortega Giménez Profesor Colaborador de Derecho Internacional Privado. Universidad Miguel Hernández de Elche (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2015.11105

Palabras clave:

mediación, derecho, sistemas alternativos de resolución de conflictos

Resumen

La descongestión de los juzgados y tribunales ha generado un gran interés en nuestro legislador por proporcionar mecanismos alternativos al proceso judicial que posibiliten la resolución de los conflictos de forma ágil, rápida y efectiva. Uno de ellos es la mediación. No obstante, su implementación eficaz está condicionada a la superación de ciertos obstáculos existentes. El objetivo de este trabajo es, por un lado, hablar en positivo de la mediación, ponerla en su sitio como sistema alternativo de resolución de conflictos; y, por otro lado, reflexionar sobre la manera más adecuada para implementar e implantarla eficazmente en España, de forma que pueda convertirse «de verdad» en una alternativa a los tradicionales mecanismos de resolución de conflictos, desarrollando en otro orden de cosas el papel de la abogacía dentro de este método de resolución extrajudicial de conflictos.

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Publicado

10-04-2015

Cómo citar

Cobas Cobiella, M. E., & Ortega Giménez, A. (2015). Derecho y mediación: ¿caminos paralelos o entrecruzados?. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (171), 43–74. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2015.11105

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil

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