Propiedad horizontal. Impugnación de acuerdos

Comentario a la STS de 2 de septiembre de 2013

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Subdirector General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

juicio ordinario, audiencia previa al juicio, requisitos de la personación de las partes a la audiencia previa, procuradores, poder especial, nulidad de actuaciones

Resumen

La audiencia previa al juicio ordinario se llevará a cabo, conforme a lo establecido en el artículo 414 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para intentar un acuerdo o transacción de las partes que ponga fin al proceso, examinar las cuestiones procesales que pudieran obstar a la prosecución de este y a su terminación mediante sentencia sobre su objeto, fijar con precisión dicho objeto y los extremos, de hecho o de derecho, sobre los que exista controversia entre las partes y, en su caso, proponer y admitir la prueba. Para la celebración de la audiencia previa no es necesaria la presencia personal de las partes. Al efecto del intento de arreglo o transacción, cuando las partes no concurrieren personalmente sino a través de su procurador, habrán de otorgar a este poder. La juzgadora de primera instancia, al conceder a la parte demandante un plazo para subsanar un defecto de poder –por demás, inexistente– en lugar de acordar el sobreseimiento del proceso a que se refiere el artículo 414.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, podría haber constituido una irregularidad procesal, pero, desde luego, no generaba indefensión alguna para la parte demandada por lo que no podía dar lugar a una declaración de nulidad de pleno derecho. Requisitos de la nulidad de actuaciones: no basta una mera irregularidad procesal y ni siquiera que dejen de cumplirse normas esenciales del procedimiento cuando no se sigue indefensión para la parte.

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Publicado

10-02-2014

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2014). Propiedad horizontal. Impugnación de acuerdos: Comentario a la STS de 2 de septiembre de 2013. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (157), 43–48. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11413

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil

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