Posibilidad de recurrir el auto de apertura del juicio oral
Palabras clave:
juicio oral, auto de apertura, recursos procesalesResumen
Contra el auto de apertura del juicio oral no cabe recurso alguno, salvo en lo relativo a la situación personal, sin embargo, lo acordado en el mismo, en lo relativo a las responsabilidades pecuniarias, podrá ser recurrido en la correspondiente pieza separada de responsabilidad civil.