Procedimiento civil. Efectos de la cosa juzgada

Comentario a la STS de 9 de enero de 2013

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Subdirector General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

procedimiento civil, efectos de cosa juzgada, concepto, naturaleza

Resumen

La cosa juzgada material es el efecto externo que una resolución judicial firme tiene sobre los restantes órganos jurisdiccionales o sobre el mismo tribunal en un procedimiento distinto, consistente en una vinculación negativa y positiva. La cosa juzgada en sentido formal es la preclusión de los medios de impugnación.

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Publicado

10-09-2013

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2013). Procedimiento civil. Efectos de la cosa juzgada: Comentario a la STS de 9 de enero de 2013. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (151-152), 93–98. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11769

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil

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