Dominio público marítimo terrestre

Comentario a la STS de 21 de marzo de 2012

Autores/as

  • Julio Galán Cáceres Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa y profesor del CEF.- (España)

Palabras clave:

Ley de Costas, servidumbre de litoral, dominio público marítimo terrestre

Resumen

El tristemente famoso hotel «El Algarrobico» ubicado en Carboneras (Almería) viola, a juicio del Tribunal Supremo, la Ley de Costas, al haber desestimado los motivos esgrimidos por el Ayuntamiento de Carboneras contra una sentencia previa de la Audiencia Nacional que declaró conforme al ordenamiento jurídico una Orden Ministerial del año 2005 por el que se amplió a 100 metros la zona de servidumbre de protección en el litoral que acoge el establecimiento de 411 habitaciones y 20 plantas. El Tribunal Supremo considera que el ayuntamiento debió proceder, una vez entró en vigor la Ley de Costas, a revisar su plan parcial del suelo donde se ubica el hotel, en cuyo ámbito no se había producido desarrollo urbanístico alguno, para ajustarlo, en cuanto anchura de la servidumbre de protección, a los preceptos de la ley.

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Publicado

10-05-2012

Cómo citar

Galán Cáceres, J. (2012). Dominio público marítimo terrestre: Comentario a la STS de 21 de marzo de 2012. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (136), 161–166. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11971

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Constitucional-administrativo

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